El Ministerio de la Presidencia del Estado Plurinacional de Bolivia, en ejercicio de sus atribuciones y facultades, aprobó el «Reglamento para normar el uso de la firma digital respecto a niveles de seguridad», siendo la Agencia de Gobierno Electrónico de las Tecnologías de la Información y Comunicación (AGETIC) la encargada de dar cumplimiento al mencionado reglamento.
El reglamento tiene por objeto normar el uso de la firma digital respecto a niveles de seguridad, se establecen 2 niveles de seguridad (normal y alto), siendo la diferencia entre ambos la forma en que se generan las claves privadas y públicas.
Por otro lado, en el sector público la firma digital será autorizada cuando la entidad pública es la emisora del documento, y cuando la entidad pública recepciona el documenta por parte de un privado.
Finalmente es importante destacar que se establece responsabilidad por la función público para aquellos servidores públicos que no observen los alcances y requisitos establecidos en el reglamento para la suscripción o recepción de documentos firmados digitalmente.
El reglamento puede ser descargado del siguiente enlace: https://digital.gob.bo/wp-content/uploads/2018/11/RM02352018_.pdf